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Espejismos normativos

02.02.17 - Escrito por: Javier Vilaplana Ruiz

Hay palabras que por su grandilocuencia o por su uso en apariencia sólo reducido a la retórica política, pareciera que no guardan relación con el ciudadano o la ciudadana de a pie. Se trata, en su mayoría, de términos que aluden a grandes sistemas de pensamiento, teorías económicas o ideologías políticas que se alejan del mucho más prosaico día a día. Una de estas palabras -un tanto desgastada por su reiterado y, en ocasiones, inadecuado uso- es "neoliberalimo".


Intuitivamente, al escuchar esta palabra no podemos evitar pensar en grandes decisiones macro relativas a disciplina fiscal, a la reducción del gasto público, a la desregularización de la economía o a los gobiernos replegados orientados a las soluciones de mercado. Y claro, todo esto, en principio, nos coge muy lejos y no acertamos a ver sus efectos directos en nuestras vidas. Al menos eso parece.

Sin embargo, el neoliberalismo (una ideología, una forma de gobernar y un paquete de medidas económicas) extiende sus alas y va calando incansable e impenitentemente en el normal desenvolvimiento de nuestras vidas, de tal modo que, como en aquel personaje de Molière, un buen día descubrimos que llevamos años hablando en prosa sin saberlo.

Uno de los pilares de esta corriente ideológica es, ya se ha adelantado, la desregularización, lo que se justifica gracias a la ficción de la libertad y la igualdad (formal) de los individuos (seres racionales que actúan en su propio interés) para, de acuerdo con criterios de eficiencia económica, tomar las mejores decisiones para sí y, por extensión, para la comunidad (aquello de la mano invisible)

Sin embargo, este mito de la igualdad tiene difícil encaje - entre otras muchas esferas de la vida cotidiana- en las relaciones que se dan entre personas consumidoras y profesionales. Así las cosas, la obviedad de que un particular no tiene la misma posición de igualdad ni el poder negociador equivalente al de una gran corporación (que cuenta con mayores recursos, más fuerza en el mercado, más información o mejor y más actualizado asesoramiento) fue la que motivó el nacimiento de la tuitiva legislación protectora de los derechos de consumidores.

Pues bien, es teóricamente en este contexto en el que el pasado 21 de enero se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, norma que tiene como teórico objetivo el establecimiento de medidas - en concreto un candoroso trámite extrajudicial de reclamación entre consumidor y banco- que faciliten la devolución de las cantidades indebidamente satisfechas por el consumidor a las entidades de crédito en aplicación de determinadas cláusulas suelo contenidas en contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria.

Según el preámbulo del citado Real Decreto-Ley la razón de ser de esta norma - supuestamente dictada en el marco de la protección del consumidor- se justificaría en que "la regulación de la Unión Europea de protección de los consumidores y los pronunciamientos de los tribunales nacionales y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea han servido también para que la normativa española haya realizado avances significativos en esta materia", de tal modo que el citado real decreto-ley pretende "avanzar en las medidas dirigidas a la protección a los consumidores estableciendo un cauce que les facilite la posibilidad de llegar a acuerdos con las entidades de crédito con las que tienen suscrito un contrato de préstamo o crédito con garantía hipotecaria que solucionen las controversias que se pudieran suscitar como consecuencia de los últimos pronunciamientos judiciales en materia de cláusulas suelo y, en particular, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de diciembre de 2016, en los asuntos acumulados C-154/15, C-307/15 y C-308/15".

De la mera lectura de este intencionalmente neutral texto pareciera que la legislación nacional tuitiva del consumidor hubiera sido un camino de rosas, habiendo avanzado fruto de una sincera conciencia social de los poderes públicos. Sin embargo, la bien conocida verdad es que cada paso dado por nuestro legislador ha sido la respuesta -sonrojante- a una previa resolución judicial del TJUE que ha puesto en evidencia nuestra legislación nacional, obstinadamente irrespetuosa con la normativa europea. Es decir, el BOE actuando como una suerte de Ministerio de la Verdad de la distópica "1984" de Orwell.

Sin embargo, de un detenido análisis del real decreto-ley que aquí nos preocupa se desprende, sin embargo, que la norma, en realidad, no regula nada, no aporta nada, no sirve de nada. Se trata de un mero espejismo, una simple ilusión normativa.

Así las cosas, conviene recordar que la regulación tuitiva de los derechos de consumidores y usuarios parte de la premisa de que la capacidad, información y fuerza negociadora del profesional (aquí, el banco) es muy superior a la del consumidor, dándose por tanto una situación fáctica de asimetría que el Derecho debe evitar. Se trata pues de un conjunto de reglas que requiere la intervención de los poderes públicos, en evitación de los abusos que se someten al aplicarse la ley del más fuerte en una relación entre partes desiguales.

No obstante lo evidente de lo anterior, nuestro Gobierno ha tomado una inaudita y paradójica decisión: tratar de proteger a los consumidores dejándolos a su suerte en una negociación con los mismos bancos que les colocaron las cláusulas abusivas. De este modo, se pretende potenciar una huida de los tribunales (y sus garantías) en beneficio de la autocomposición alcanzada entre banco y consumidor (con sus deficiencias).

Es decir, el ejecutivo ha optado por legislar sobre cuestiones sociales con criterios propios del neoliberalismo. Y eso nos afecta directamente.

En conclusión, bajo la apariencia del dictado de una norma protectora de las personas consumidoras, en verdad, únicamente se protege a la banca. Sólo existen consideraciones jurídicas en beneficio de las entidades financieras (como la beneficiosa y difícilmente sostenible regulación acerca de las costas procesales) a quienes no se les castiga si continúan comportándose como hasta ahora. Eso sí, todo con una retórica orwelliana que parece buscar, de manera paternalista, lo mejor para el consumidor y que, sin embargo, lo aleja de los tribunales, invitándolo y acercándolo, indefenso, a volver y no salir del mismo libre mercado que ya lo apresó en las redes de las cláusulas suelo.

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